Tarjeta comunitaria, NIE y Certificado UE: guía completa
Si eres ciudadano de la UE o familiar extranjero de un español o comunitario, te explicamos qué documento necesitas, para qué sirve cada uno y cómo obtenerlo.
Los tres documentos clave
NIE
Número de identificación de extranjero. Permite hacer trámites (banco, Hacienda, compras) pero no acredita residencia. Trámite sencillo, sin requisitos especiales.
Certificado UE
Acredita la residencia en España de un ciudadano comunitario. Requiere demostrar actividad laboral o medios económicos y seguro médico.
Tarjeta comunitaria
Documento de residencia para familiares extranjeros (no comunitarios) de ciudadanos españoles o de la UE.
Importante: el NIE y el Certificado UE son documentos distintos con finalidades distintas. Muchos ciudadanos comunitarios tramitan solo el NIE sin saber que lo que acredita su residencia legal es el Certificado UE.
¿Quién puede solicitar la tarjeta comunitaria?
Los familiares extranjeros (no comunitarios) de ciudadanos españoles o de cualquier país de la UE/EEE/Suiza. Incluye:
- Cónyuge o pareja de hecho inscrita
- Hijo o hijastro menor de 21 años
- Hijo o hijastro mayor de 21 años dependiente económicamente o incapaz
- Ascendiente que viva a cargo del ciudadano comunitario o de su cónyuge
- Pareja con relación estable acreditada (mínimo 1 año de convivencia, o hijos en común)
- Cualquier otro familiar que en el país de origen esté a cargo o conviva con el comunitario (hermanos, abuelos, nietos, tíos…)
- Familiar que por motivos de salud o discapacidad requiera el cuidado del comunitario
«Vivir a cargo» implica dependencia económica real: sin el apoyo del familiar comunitario, la persona no podría cubrir sus necesidades básicas en su país de origen. Acreditar correctamente este vínculo es uno de los puntos más delicados del expediente.
¿Cómo es el proceso paso a paso?
- 1Entrada a España. Si la nacionalidad del familiar extranjero requiere visado de corta estancia, debe solicitar previamente el visado de familiar de residente comunitario en el consulado español. Si no necesita visado, puede entrar como turista o como familiar comunitario.
- 2Solicitud en la Oficina de Extranjería. La tarjeta se solicita personalmente por el familiar extranjero en la oficina correspondiente a su lugar de residencia. Puede acudir acompañado de un abogado. Importante: también se puede solicitar estando en situación irregular en España.
- 3Aportación de documentación. Se acredita la identidad de ambas partes, el vínculo familiar y, en su caso, la dependencia económica. Si el ciudadano que da derecho es comunitario (no español), debe tener el Certificado UE en vigor.
- 4Resolución. Si la solicitud es favorable, se expide la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE.
Documentación necesaria (con carácter general)
- Pasaporte en vigor del familiar extranjero solicitante
- DNI o pasaporte del ciudadano español o comunitario que da derecho
- Certificado UE del familiar comunitario (si no es español)
- Documentación que acredite el vínculo familiar (libro de familia, certificado de matrimonio, partidas de nacimiento, etc.)
- Documentación que acredite la dependencia económica, si procede
- Acreditación de medios económicos del ciudadano comunitario (nóminas, declaración de renta, extractos bancarios, patrimonio…)
- Fotografías recientes en formato carné
- Justificante del abono de la tasa correspondiente
La documentación exacta depende de cada caso. Te asesoramos en consulta antes de presentar la solicitud.
Preguntas frecuentes
¿Puede solicitarse la tarjeta estando en situación irregular?
Sí. A diferencia de otros trámites de extranjería, la tarjeta de familiar comunitario puede solicitarse aunque el familiar extranjero se encuentre en España en situación irregular.
¿Los familiares de españoles necesitan el Certificado UE?
No. El NIE y el Certificado UE están reservados a ciudadanos no nacionales. Los familiares de españoles pueden solicitar directamente la tarjeta comunitaria sin necesidad de que el español aporte ninguno de esos documentos.
¿El ciudadano comunitario tiene que estar trabajando para acreditar medios económicos?
No necesariamente. Puede demostrarse también con un patrimonio suficiente, como saldo en cuenta bancaria u otros activos, siempre que cubra las necesidades de la unidad familiar.
¿Qué diferencia hay entre la tarjeta comunitaria y una autorización de residencia ordinaria?
La tarjeta comunitaria se rige por el derecho de la Unión Europea y tiene requisitos distintos y generalmente más favorables que las autorizaciones de residencia del régimen general de extranjería. Además, autoriza a trabajar en España sin restricciones.
La tarjeta de familiar de ciudadano de la UE es uno de los trámites de extranjería más solicitados en Alicante, dada la presencia de una amplia comunidad de ciudadanos europeos y sus familias en la provincia. La normativa aplicable es el Real Decreto 240/2007, que transpone la Directiva comunitaria sobre libre circulación.
Desde nuestro despacho en Alicante gestionamos tanto el Certificado UE para ciudadanos comunitarios como la tarjeta comunitaria para sus familiares, incluyendo los casos más complejos: reagrupaciones desde terceros países, acreditación de dependencia económica o solicitudes en situación irregular.
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Consulta con nosotros antes de iniciar el trámite.
