Autorización de regreso: ¿Tiene su autorización de residencia en trámite o a punto de caducar y quiere viajar al extranjero?

La autorización de regreso autoriza la salida y el posterior retorno al territorio nacional al extranjero cuya autorización de residencia o estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga. Con la autorización de regreso podemos viajar, aun cuando la tarjeta esté caducada (siempre y cuando se haya solicitado la renovación o prórroga en plazo) sin temor de rechazo en la frontera.

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Deben solicitarla el extranjero titular de:

  1. Tarjeta de autorización de residencia, como por ej. la residencia temporal no lucrativa, o de residencia y trabajo (obtenida por el régimen general) o
  2. Tarjeta de estudiante o
  3. Tarjeta de familiar comunitario

Que se encuentre en uno de los siguientes supuestos:
  • Que quiera salir y regresar a España; pero la fecha prevista para su regreso es posterior a la de caducidad de su tarjeta. Ha de encontrarse en período de renovación o prórroga de su autorización o tarjeta, haber solicitado la renovación o prórroga en plazo y encontrarse ésta en trámite.
  • No tiene la tarjeta porque se le ha perdido/sustraído/deteriorado; pero todavía no le ha caducado y no se encuentra dentro del período de su renovación. Ha de acreditar que ha solicitado un duplicado en los servicios de expedición de la TIE de la comisaría de policía. 
  • Se le ha concedido una tarjeta de familiar no comunitario, autorización inicial de residencia o de estancia por estudios/ familiar de estudiante; pero todavía no le han expedido la TIE. Tendrá que acreditar que el viaje es por necesidad y concurren circunstancias excepcionales. 
Debe solicitar y recoger esta autorización antes de salir de España. Puede solicitarla el extranjero personalmente o mediante representación (podemos hacer estos trámites en Alicante por Ud., consúltenos). El retorno a España debe efectuarse dentro del plazo de vigencia de la autorización de regreso.

La autorización de regreso se expide con una validez máxima de 90 días.


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