Si tienes un hijo español o eres hijo de español de origen, puedes conseguir tu residencia legal por arraigo familiar

A diferencia de otros permisos que han de tramitarse necesariamente desde el país de origen, el arraigo familiar se otorga a extranjeros que se encuentran en España, incluso si lo están de manera ilegal, es una vía para regularizar su situación. No importa si el extranjero entró en España como turista y se quedó tras caducársele el visado y es indiferente el tiempo que se encuentre en situación ilegal.

Supuestos en los que cabe solicitar el arraigo familiar:

  • Si eres padre o madre de menor de nacionalidad española
  • Si eres hijo de padre o madre que hubiera sido originariamente español

El extranjero ha de carecer de antecedentes penales y que, obviamente, no tener en vigor una prohibición de entrada o estar dentro del plazo de compromiso de no retorno de haber estado sujeto a un retorno voluntario a su país de origen.

Estarás autorizado tanto a residir como a trabajar por el período inicial de un año, a su término podrás solicitar una autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.

No tendrás que acreditar disponer de medios económicos

No tendrás que acreditar disponer de medios económicos, tener una oferta de contrato de trabajo o contratar de un seguro de salud, como suele ser frecuente en materia de permisos de residencia.

¿Y si tengo varios hijos?

¿Tramitaste una vez una autorización de arraigo familiar pero te has quedado ilegal por haber tenido problemas al «renovar» (por ej., por no haber cotizado lo suficiente durante la vigencia del permiso)? Si tienes varios hijos españoles, menores de edad, podrás tantas solicitudes de arraigo como hijos tengas.