Solicitud de la tarjeta comunitaria vía telemática durante el estado de alarma

La llamada tarjeta comunitaria o tarjeta de familiar de ciudadano de la UE inicial (primera tarjeta) se solicita de manera presencial por el extranjero en la oficina de Extranjería que corresponda a su domicilio, mediante cita previa, acompañado si así lo desea de su abogado.

Ahora que, durante el estado de alarma, las oficinas permanecen cerradas al público, ¿qué sucede con estas solicitudes? ¿Se pueden presentar de manera telemática? La respuesta es sí, si dispone el interesado, es decir, el propio extranjero solicitante de la tarjeta comunitaria, de un certificado digital.

Evidentemente, una vez se levante el estado de alarma y volvamos a la normalidad, se podrán seguir presentando como lo hemos venido haciendo, de manera presencial. Es interesante, si tienes el certificado, presentarlo de manera telemática y no esperar, ya que la oficina de extranjeros sigue trabajando (nos están notificando resoluciones a diario, incluso han acortado los plazos de resolución) y evitamos el colapso que se generará, con toda seguridad, una vez volvamos a la normalidad. 

Este certificado digital lo tendrías que haber obtenido antes de que se declarase el estado de alarma porque ahora, en esta situación, no se puede obtener uno debido a que las oficinas donde se acredita la identidad del solicitante están cerradas. Os recomendamos a todos aquellos que no lo tengáis apuntarlo como tarea en la «lista de cosas pendientes tras el confinamiento», pues es de gran utilidad y podéis volver a necesitarlo en un futuro. La web donde solicitarlo es la siguiente: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica 

Si tienes el certificado digital y quieres presentar tu expediente de tarjeta comunitaria de manera telemática, contacta con nosotros por email info@extranjeria-alicante.es o WhatsApp en el +34622080318. El teléfono fijo de la oficina (+34966141354) no está siendo atendido porque permanece cerrada debido a las restricciones del estado de alarma.

Tarjeta permanente comunitaria

En este caso, no hay ninguna novedad con respecto a la anterior situación, antes de la crisis ocasionada por el COVID-19. Podemos presentar la solicitud vía telemática con una simple autorización que nos hagas llegar firmada, junto con el resto de documentación. No es necesario que dispongas de certificado digital. 

Cuidado con los plazos. La solicitud se deberá presentarse dentro del mes anterior a la caducidad de la tarjeta de residencia, pudiendo también presentarse dentro de los tres meses posteriores sin perjuicio de la sanción administrativa que corresponda.